INICIO DE SESIÓN

TÉRMINOS Y CONDICIONES PROGRAMA REFERIDOS

  1. Podrán participar en el programa todos los clientes que hayan adquirido al menos un producto con la empresa, no aplica para colaboradores de El Poblado S.A.
  2. El beneficio por referido efectivo es de ($1.500.000) un millón quinientos mil pesos el cual puede ser abonado al saldo del capital adeudado o a las cuotas programadas, abono a cuotas vencidas, descuento al saldo del capital, adelanto de cuotas, pago de trámite de escritura o a la construcción de la casa con Poblado Casas.
  3. Para poder participar en el programa, el REFERIDOR debe inscribirse en la página web www.elpobladosa.com y haber aceptado los términos y condiciones.
  4. El Poblado S.A tendrá la potestad de realizar campañas especiales en donde aumente el valor del bono, o modifique aspectos de esta campaña.
  5. Solo se tendrán en cuenta los REFERIDOS que hayan sido inscritos en la página y que hayan aceptado el uso de sus datos personales (Cada referido tendrá una vigencia de 3 meses para que sea efectivo el programa).
  6. El beneficio por referido efectivo se hará a los 30 días de que el referido efectivo haya firmado la promesa de compraventa.
  7. El Programa de REFERIDOS de El Poblado S.A se reserva el derecho de rechazar la inscripción de toda persona que no reúna los requisitos para participar del programa.
  8. Los favorecidos aceptan de antemano las condiciones bajo las cuales la empresa lo ha escogido sin derecho a reclamar mejoras o cambios de ninguna manera.
  9. Si dos clientes (REFERIDOR) refieren a la misma persona (REFERIDO), primará el orden de ingreso del referido en la web.
  10. La participación del cliente es gratuita y sin costo.
  11. La promoción es intransferible, no negociable, no canjeable, ni por otros bienes o servicios.
  12. Los propietarios que ya no cuentan con obligaciones pendientes de financiación o escrituración pueden elegir entre las siguientes opciones: (a) recibir dinero en efectivo por valor de un millón quinientos mil pesos ($1.500.000), este dinero será abonado a una cuenta bancaria previamente inscrita (b) Recibir un bono de un millón quinientos mil pesos ($1.500.000) abonado a la compra de un lote nuevo ( c ) Recibire un bono de un millón quinientos mil pesos abonado a la compra de una casa campestre construida con la unidad de negocios Poblado Casas.
  13. Los propietarios que se encuentren en estado pagado o en trámite de escritura pueden abonar el bono de un millón quinientos mil pesos ($1.500.000) para el pago de los gastos de escrituración si así lo desea o Recibir un bono de un millón quinientos mil pesos ($1.500.000) abonado a la compra de un lote nuevo o Casa Campestre construida con El Poblado Casas.
  14. Por razones de caso fortuito o fuerza mayor, se podrá suspender parcial o totalmente el presente beneficio, sin que ello implique remuneración o compensación hacia los participantes.
  15. El Poblado S.A. será la autoridad final y competente respecto a la interpretación y modificación de estos términos y condiciones. El programa podrá introducir modificaciones al presente reglamento, incluso incorporar otros requisitos o condiciones para los propietarios ganadores de premios y/o modificar los términos y condiciones generales, escalas de referidos efectivos y servicios, sin expresión de causa, para cuyo efecto comunicará tal situación a sus propietarios a través de medios virtuales
  16. El programa con las condicione actuales tiene vigencia a partir del 01 diciembre de 2023.